Periodicidad de reconocimientos según edad y tipo de permiso en centros autorizados
La periodicidad con la que un conductor debe someterse a un reconocimiento médico en un centro autorizado por la DGT depende principalmente de dos factores: la edad del conductor y el tipo de permiso de conducir. Este sistema busca equilibrar comodidad administrativa y control de la seguridad vial.
Para los permisos ordinarios, como el carnet B, la norma general establece una vigencia de 10 años hasta que el conductor cumple los 65 años. Durante ese periodo, no es necesario realizar reconocimientos intermedios. A partir de los 65 años, la renovación pasa a ser cada 5 años, lo que implica reconocimientos médicos más frecuentes.
En el caso de los permisos profesionales, como los C y D (camiones y autobuses), la periodicidad es más estricta. La vigencia suele ser de 5 años hasta los 65, y de 3 años a partir de esa edad. Esto responde a las mayores exigencias físicas y mentales asociadas a la conducción profesional.
Existen también situaciones especiales en las que el centro puede proponer una vigencia reducida, independientemente de la edad. Esto ocurre cuando el conductor presenta alguna condición médica que requiere seguimiento, como determinadas enfermedades crónicas o tratamientos específicos.
Este sistema de periodicidad no pretende discriminar por edad, sino adaptar los controles al riesgo estadístico y a la evolución natural de la salud. Los reconocimientos más frecuentes permiten detectar cambios a tiempo y ajustar las condiciones de conducción de forma preventiva.
Conocer la periodicidad aplicable a cada caso ayuda a planificar la renovación del carnet y evita situaciones de pérdida de vigencia por desconocimiento.